• La propuesta legislativa proviene de los di谩logos que ha sostenido con la sociedad, espec铆ficamente del Grupo Reflexi贸n A.C.
Con la finalidad de fortalecer el patrimonio de las familias
sudcalifornianas, la Diputada Eda Palacios M谩rquez present贸 una iniciativa para
incorporar al C贸digo Civil el concepto de patrimonio familiar, y establecer que
los poderes Ejecutivo y Judicial del Estado deber谩n instrumentar en el mes de
marzo de cada a帽o, una campa帽a especial en la que se invite a los ciudadanos
del Estado a registrar el patrimonio familiar, y se les informe de la
importancia de este tr谩mite, la facilidad de tramitarlo ante un juez del fuero
com煤n y la gratuidad de su registro ante el Registro P煤blico de la Propiedad y
con ello, animar a las familias sudcalifornianas para constituir y
posteriormente registrar su patrimonio familiar para que no sea sujeto de
embargo o grav谩menes.
En tribuna, la legisladora del municipio de Los Cabos expuso que la
propuesta legislativa, proviene de los di谩logos que ha sostenido con la
sociedad, espec铆ficamente recibi贸 la propuesta del Grupo Reflexi贸n A.C. para
legislar en este aspecto, que est谩 instituido desde el a帽o 1975 en la
Constituci贸n estatal, la cual incorporaron los Diputados Constituyentes.
En la iniciativa se define al patrimonio de familia, como una
instituci贸n de inter茅s p煤blico integrada por un conjunto de bienes y derechos
destinados a la protecci贸n econ贸mica, satisfacci贸n de necesidades elementales y
sostenimiento del hogar y de la familia.
Se帽al贸 que el registro del patrimonio familiar ante un juez del fuero es
bastante 谩gil, pues bastar谩 acreditar documentalmente ante el juez la propiedad
de los bienes que se deseen decretar como patrimonio familiar, para el juez en
un plazo m谩ximo de 15 d铆as naturales emita la resoluci贸n una vez que se
acrediten los requisitos establecidos, sin necesidad de audiencia testimonial,
para posteriormente registrar esa resoluci贸n ante el Registro P煤blico de la
Propiedad y tenga efectos contra cualquier tipo de gravamen o embargo,
requisito que por ley es gratuito.
Agreg贸 que dentro de los bienes que pueden integrar el patrimonio
familiar, est谩n la vivienda, una parcela cultivable, el mobiliario de uso
dom茅stico para las personas en general, mientras que trat谩ndose de familias
campesinas, lo ser谩n adem谩s de la vivienda, el equipo agr铆cola, consider谩ndose
como tal, los semovientes, las semillas, los 煤tiles, implementos y aperos de
labranza; para el caso de familias cuyo integrantes o jefes de familia
desarrollen un arte u oficio, adem谩s de la vivienda lo ser谩n el equipo de
trabajo, consider谩ndose como tal, la maquinaria, los 煤tiles, las herramientas y
en general toda clase de utensilios propios para el ejercicio del arte u oficio
a que la familia se dedique.
En el caso espec铆fico de los pescadores, adem谩s de la vivienda se
consideran como tales las embarcaciones, motores y dem谩s artes de pesca;
trat谩ndose de familias que dependan econ贸micamente de un profesionista, t茅cnico
o intelectual, adem谩s de la vivienda, el equipo de trabajo, consider谩ndose como
tal, los libros, escritos, 煤tiles, aparatos e instrumentos cient铆ficos y en
general toda clase de utensilios propios para el ejercicio de la profesi贸n a
que se dedique quien sostenga la familia, y trat谩ndose de trabajadores del
volante y transportistas, cuando constituya la 煤nica fuente de ingresos, el
veh铆culo de su propiedad en que presta el servicio p煤blico, siempre y cuando
sea due帽o de un solo veh铆culo y el derecho a la concesi贸n de las placas, cuando
sea titular de una sola concesi贸n, todo lo anterior sumado a la vivienda y su
menaje de casa.
“Una vez que el patrimonio de familia sea constituido y decretado por un
juez, la familia queda protegida de problemas econ贸micos que aparecieren por
causa de la actividad que desempe帽e el jefe o jefa de familia, como son la
adquisici贸n de deudas, que al exigirse judicialmente invariablemente tendr铆an
como efecto el embargo de la casa, veh铆culo, que causar铆a un da帽o irreversible,
dejando desprotegidos e imposibilitados para subsistir no solo al jefe o jefa
de familia, sino a sus hijos y a quienes integran las familias, siendo una de
las muchas hip贸tesis que amenazan el patrimonio familiar”, asegur贸 la
legisladora.
Tambi茅n propuso eliminar la disposici贸n de Ley de Derechos y Productos
del Estado que no hab铆a sido armonizada, donde todav铆a aparece que el tr谩mite
ten铆a un costo de $469.00 lo que contraviene los que dispone el C贸digo Civil de
la gratuidad del tr谩mite.
Ver video https://youtu.be/yUlO-4u_ock?si=4-gY0eYU6Yopowbp
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