REQUISITO DE ELEGIBILIDAD, EL NO SER
DEUDORA O DEUDOR ALIMENTARIO MOROSO: DIPUTADAS TERESITA VALENTÍN Y GABRIELA
CISNEROS
— La iniciativa propone evitar que los agresores y deudores alimentarios ocupen un cargo de toma de decisiones, que no accedan a ninguna función Pública o responsabilidad en el ámbito Legislativo, Ejecutivo o Judicial.
— “La idea ahora es que esto no quede solo como un acuerdo, sino que se legisle para que sea vinculante y se fortalezca el objetivo de su creación”: iniciadoras
Con el propósito de eliminar la
violencia contra las mujeres, las diputadas Teresita de Jesús Valentín Vázquez
y Gabriela Cisneros, presentaron este martes en sesión permanente, iniciativa
que pone como requisito de elegibilidad, el no ser deudora o deudor alimentario
moroso, lo cual es congruente con el interés superior del niño, que es un
principio de rango constitucional previsto en el artículo 4° constitucional,
que demanda que en toda situación donde se vean involucrados niños, niñas y
adolescentes se traten de proteger y privilegiar sus derechos.
La iniciativa de las legisladoras, a
la que se sumó la mesa directiva del actual período permanente, plantea
reformar la Constitución Política del Estado de Baja California Sur, la Ley de
la Comisión Estatal de derechos Humanos, la Ley del Instituto de Transparencia
y Acceso a la Información Pública, la Ley Electoral y la Ley Orgánica de la
Administración Pública, con el fin de establecer estos lineamientos como
requisitos de elegibilidad, idoneidad y probidad para quienes quieran ocupar un
cargo de toma de decisiones, ejemplos de esto son Diputadas y Diputados,
Gobernadora o Gobernador, Magistradas y Magistrados, Consejeras y Consejeros
Electorales, Procuradora o Procurador de Justicia, entre otros.
Es decir, se propone evitar que los
agresores y deudores alimentarios ocupen un cargo de toma de decisiones, que no
accedan a ninguna función pública o responsabilidad en el ámbito Legislativo,
Ejecutivo o Judicial.
Durante su intervención en tribuna,
ambas legisladoras argumentaron que se busca que la “3 de 3 contra la violencia”
sirva como una garantía de protección a través de la cual “los partidos
políticos deberán solicitar a las personas aspirantes a una candidatura firmar
un formato, de buena fe y bajo protesta de decir verdad, donde señale no haber
sido condenadas o sancionadas mediante resolución firme por: violencia familiar
y/o doméstica, o cualquier agresión de género en el ámbito privado o público;
por delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal o por
ser personas deudoras alimentarias morosas”.
“La idea ahora es que esto no quede
sólo como un acuerdo, sino que se legisle para que sea vinculante y se
fortalezca el objetivo de su creación”, destacaron en tribuna las iniciadoras.
En cuanto a la violencia política
contra las mujeres por razones de género, la Ley General de Instituciones y
Procedimientos Electorales (LGIPE), ya establece entre los requisitos de
elegibilidad para ser diputada o diputado federal o senadora o senador,
específicamente en su artículo 10, el no estar condenada o condenado por ese
delito.
Se turnó a las Comisiones Unidas de
Puntos Constitucionales y de Justicia, Derechos Humanos, Asuntos Indígenas
Transparencia y Anticorrupción y de aprobarse, permitirá su aplicación antes
del próximo proceso electoral.
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