Que
se reduzcan cuotas de copias para solicitantes de información pública: Diputada
Milena Quiroga
·
Propuso reformar el artículo 140 de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California
Sur y el artículo 15 de la Ley de Derechos y Productos del Estado de BCS.
· La intención es que la reproducción de copias simples tenga un costo directamente relacionado con el material empleado y que los montos faciliten el ejercicio del derecho de acceso a la información
Debido a que las tarifas de copias fotostáticas por derechos que deben pagar los ciudadanos que solicitan información a las instituciones públicas e Institutos de Transparencia y Acceso a la Información Pública son muy elevados, la Diputada Milena Quiroga Romero (MORENA) propuso reformar el artículo 140 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur y el artículo 15 de la Ley de Derechos y Productos del Estado de Baja California Sur.
La
intención es que la reproducción de copias simples tenga un costo directamente
relacionado con el material empleado y que los montos faciliten el ejercicio
del derecho de acceso a la información, y no impliquen lucro a favor de la
autoridad generadora de la información.
Y es que
la Diputada Quiroga acreditó que actualmente cada hoja certificada tiene un costo
de $108 pesos y cada copia simple $3 pesos, es decir en el caso de una
solicitud de información puede hacer económicamente imposible el acceso a la
información pública, ya que la cuota actual no guarda proporción con el costo
de reproducción, que es de aproximadamente $50 centavos y en el caso de las
copias certificadas, es desproporcional e inequitativo con el costo real.
La
propuesta de reforma presentada en sesión ordinaria, propone que las unidades
de transparencia podrán exceptuar el pago de reproducción y envío atendiendo a
las circunstancias socioeconómicas del solicitante.
Así como
que cuando se trate de la certificación de expedientes o legajos de
expedientes, se cobrará solamente la certificación que se haga en general del
documento y no por hoja, cada una de las hojas que los componen se cobrara al
costo equivalente al de copias simples.
Y que
las cuotas de los derechos aplicables por expedición de copias y copias
certificadas relacionadas con solicitudes de información pública deberán establecerse
en la Ley de Derechos y Productos del Estado de Baja California Sur y en las
Leyes de Hacienda Municipales, los cuales se publicarán en los sitios de
Internet de los sujetos obligados.
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