𝐏𝐫𝐨𝐩𝐨𝐧𝐞 𝐂𝐨𝐦𝐢𝐬𝐢ó𝐧 𝐝𝐞 𝐈𝐠𝐮𝐚𝐥𝐝𝐚𝐝 𝐫𝐞𝐜𝐨𝐧𝐨𝐜𝐞𝐫 𝐝𝐞𝐫𝐞𝐜𝐡𝐨𝐬 𝐝𝐞 𝐜𝐮𝐢𝐝𝐚𝐝𝐨𝐫𝐞𝐬 𝐲 𝐭𝐫𝐚𝐛𝐚𝐣𝐚𝐝𝐨𝐫𝐚𝐬 𝐝𝐞𝐥 𝐡𝐨𝐠𝐚𝐫
• Reforma la Constitución de BCS y diversas leyes en el marco jurídico estatal
Derivado de las inquietudes que se presentaron en el Primer Parlamento
de Mujeres llevado a cabo por la XVI Legislatura del Congreso del Estado de
Baja California Sur, integrantes de la Comisión de Igualdad de Género
propusieron que tanto los derechos de las personas cuidadores como trabajadoras
del hogar sean garantizados como remuneradas sus actividades, puesto que
también aportan a la vida productiva del país.
Durante la sesión de la Diputación Permanente la diputada Teresita
Valentín secretaria de la Comisión de Igualdad y en representación de sus
homologas María Luisa Ojeda González, presidenta y Gabriela Cisneros,
secretaría, presentó una propuestas para reformas a la Constitución del Estado,
las leyes de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de Desarrollo
Social, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y Orgánica de la Administración
Publica, todas del Estado, para garantizar los derechos de las trabajadoras del
hogar, incluirlas en el empleo formal, en la búsqueda de igualdad y de no
discriminación.
“Es necesario un trabajo colectivo entre el gobierno federal, el sector
privado y la sociedad, para reconocer que el trabajo en el hogar es fundamental
en nuestra vida diaria y que éste a su vez contribuye a la economía del país,
por lo que son necesarios tres elementos clave: dignidad, justicia y derechos”,
expone la iniciativa.
Destaca en la propuesta la reforma al artículo 8 de la Ley de Desarrollo
Social para que “Los programas y proyectos del Estado en materia de desarrollo
social, así como los municipales, deberán guardar congruencia con el federal y
deberán contemplar prioritariamente […] la educación, la salud, la nutrición y
alimentación, la vivienda digna y decorosa, el disfrute de un medio ambiente
sano, sustentable, el trabajo digno, la capacitación para el trabajo bien
remunerado, la seguridad social, la igualdad sin discriminación, en los
términos que señala la Constitución”.
La adición de la fracción X Bis al artículo 11 de la Ley de Igualdad
entre Mujeres y Hombres para el Estado para “Garantizar los derechos de las
personas que necesitan cuidados y las que son cuidadoras, a través del
reconocimiento, redistribución, reducción, remuneración digna, representación,
por su contribución a la economía y consideración de las relaciones afectivas
en el cuidado y en el trabajo de cuidados como generador de bienes y servicios
para la producción y reproducción con justicia social”.
Asimismo establece en el artículo 29 de la Ley Orgánica de la de la
Administración Pública del Estado: “Elaborar diagnósticos con perspectiva de
género sobre la situación de las comunidades marginadas indígenas y
afromexicanas, tanto en áreas rurales como urbanas”.
La iniciativa fue turnada por la Mesa Directiva a la Comisión de Puntos
Constitucionales y de Justicia, de Asuntos Fiscales y Administrativos, de
Igualdad de Género y de Desarrollo Social para su análisis y dictaminación.
Diputada María Luisa
Ojeda González, presidenta
Diputada Teresita Valentín,
secretaria
Diputada Gabriela Cisneros,
secretaria.
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