APRUEBA CONGRESO HOMOLOGAR PRINCIPIO DE PARIDAD DE GÉNERO EN MARCOS
NORMATIVOS DE BCS
• En
todos los Poderes del Estado deberá garantizarse el principio de paridad de
género en los espacios, en tanto que en
el marco normativo se modificaron redacciones con lenguaje incluyente de género
·
Será
aplicable a quiénes tomen posesión de su encargo, a partir del proceso
electoral local siguiente. Las autoridades que no se renuevan mediante procesos
electorales, su integración, elección y designación habrá de realizarse de
manera progresiva a partir de las nuevas designaciones, elecciones y
nombramientos que correspondan
El Congreso del Estado aprobó diversas reformas a
la Constitución Estatal y diversas leyes estatales, entre ellas la Ley de
Igualdad entre Mujeres y Hombres para el Estado de Baja California Sur, para
garantizar la paridad de género en todos los niveles de gobierno y poderes del
Estado. En el caso de los cargos de elección popular deberán tomarse en cuenta
en la selección de representantes de partidos como en las nuevas
administraciones.
La comisión de puntos constitucionales y de
justicia integrada por la diputada Petra Juárez Maceda, Presidenta y la
diputada Sandra Moreno y el diputado Homero González Medrano, secretaria y
secretario respectivamente, presentó en segunda lectura el dictamen de tres
importantes iniciativas presentadas en diferentes ocasiones por el diputado
José Luis Perpuli (PAN), las diputadas María Petra Juárez Maceda, María Rosalba
Rodríguez López, Milena Paola Quiroga Romero, Soledad Saldaña Bañalez (sin
partido) y los diputados Esteban Ojeda Ramírez, Humberto Arce Cordero, Marcelo
Armenta (MORENA) así como del ciudadano Enrique Arturo Mayorquín, en materia de
paridad de género en todos los niveles de gobierno y poderes del Estado, la
cual fue dispensada y sometida a votación.
La observancia del principio de paridad de género,
será aplicable a quiénes tomen posesión de su encargo, a partir del proceso
electoral local siguiente a la entrada en vigor del decreto. En cuanto a las
autoridades que no se renuevan mediante procesos electorales, su integración,
elección y designación habrá de realizarse de manera progresiva a partir de las
nuevas designaciones, elecciones y nombramientos que correspondan.
En las reformas a la Ley de Igualdad entre Mujeres
y Hombres para el Estado añade como tercer instrumento de la política estatal
en materia de igualdad entre mujeres y hombres a “la observancia en materia de
Igualdad entre mujeres y hombres”.
Con la iniciativa del diputado Perpuli se armoniza
el marco estatal con el federal, se hacen cambios para incluir el lenguaje con
perspectiva de género, que en los textos
legales se refiera a ambos géneros y no sólo a uno, por ejemplo, comisionada y
comisionado, consejera o consejero, magistrada o magistrado, diputada o
diputado, etcétera. Y por otro lado modificó también la redacción de la Ley de
Participación ciudadana en el mismo tenor y garantizando el principio de
paridad en diferentes cargos.
En el caso de la segunda iniciativa presentadas por
integrantes del Grupo Parlamentario de MORENA, abarca en el mismo sentido de
paridad, la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley del
Sistema Anticorrupción, Ley del Sistema de Medios de Inpugnación en materia
Electoral, Ley Orgánica Municipal y Ley Orgánica del Tribunal de Justicia
Administrativa, todas del Estado.
En tanto que la propuesta ciudadana presentada por
Enrique Mayorquín para que en el Gobierno del Estado, los Ayuntamientos y el
Poder Judicial se garantice la paridad de género, reformó la Ley Orgánica
Municipal para queda como sigue: “Artículo 17: …tanto en la integración del
ayuntamiento como en la conformación del gabinete de primer nivel de la
administración pública municipal, deberá observarse el principio de paridad de
género, que se refiere a la integración cuantitativa igualitaria entre mujeres
y hombres(...) así como a los subdelegados de las demarcaciones territoriales
del municipio, deberá observarse el principio de paridad de género, que se
refiere a la integración cuantitativa igualitaria entre mujeres y hombres”, en
el mismo tenor se reformaron los marcos legislativos del poder judicial.
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