APRUEBAN REFORMA A LA LEY BUROCRÁTICA PARA FAVORECER A TRABAJADORES CON
ANTIGÜEDAD.
• Había
contradicciones en el artículo 47 en los casos de derecho de acudir al Tribunal
para los trabajadores despedidos por faltas diferidas en el lapso de 30 días,
solo se reconocía el derecho a los trabajadores despedidos por 3 faltas
consecutivas: Diputado Héctor Ortega Pillado
·
Los
empleados con 20 años de servicios podrán ser despedidos únicamente cuando
cometan faltas particularmente graves o que imposibiliten su función
Fueron aprobadas reformas a la Ley de los
Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de Baja
California Sur en el que se hizo una adición al artículo 47 para eliminar
contradicciones en el derecho del trabajador para acudir al Tribunal de
Conciliación y Arbitraje cuando por motivo de 3 faltas diferidas en un lapso de
30 días haya sido despedido, dándole la oportunidad de defenderse ante la
instancia.
El presidente de la comisión de asuntos laborales,
diputado Héctor Ortega Pillado explicó que la ley solo le otorgaba ese derecho
a los trabajadores que fueron despedidos por causa de 3 faltas consecutivas
injustificadas, lo cual representaba una contradicción en la misma legislación,
y con esta propuesta de adición se da el mismo derecho a los trabajadores que
en similar circunstancia hayan registrado inasistencia laboral y por ello hayan
sido rescindidos de su función.
Con esta reforma en la fracción I y el inciso b) de
la fracción V de dicho artículo, así como la adición del artículo 47 BIS, es
como se garantizará que sea omitido el derecho a proceder ante el Tribunal de
Conciliación y Arbitraje para mayor atención de su caso. Se pretende dar mayor
estabilidad laboral a los empleados del estado y respetar su ejercicio laboral,
agregó.
Ortega Pillado, recordó que dichas reformas fueron
propuestas en junio del presente año por él y sus compañeros de fracción Carlos
José Van Wormer Ruiz y Ramiro Ruiz Flores, debido a que había notables
contradicciones entre lo dispuesto en dos fracciones del mismo artículo, lo que
provocaba conflictos jurídicos de interpretación y aplicación de la ley en
perjuicio de los trabajadores.
Otra situación que se incluyó en el dictamen fue la
de los empleados con más de 20 años de servicio, ya que por su antigüedad
merecen reconocimiento, por ello se establece que podrán ser despedidos
únicamente cuando cometan faltas particularmente graves o que imposibiliten su
función.
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