lunes, 12 de junio de 2023

 

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• Argument贸 la decisi贸n en un acto de responsabilidad y congruencia democr谩tica y ante la contaminaci贸n pol铆tica, lagunas de confusi贸n y actos de violencia que algunos representantes partidarios han ocasionado

• El legislador consign贸 que se haya empleado el fundamentalismo religioso y ataques violentos tanto a miembros del Congreso, sus trabajadores y trabajadoras as铆 como a promoventes de la iniciativa ciudadana

El Coordinador de la Fracci贸n Parlamentaria de Morena en el Congreso del Estado de Baja California Sur, diputado Jos茅 Mar铆a Avil茅s Castro, anunci贸 en tribuna que, en un acto de responsabilidad y congruencia democr谩tica y ante la contaminaci贸n pol铆tica, lagunas de confusi贸n y actos de violencia que algunos representantes partidarios han ocasionado en torno al proyecto de dictamen para la modificaci贸n de los art铆culos 144 Ter y 144 Qu谩ter del C贸digo Civil para el Estado, diputadas y diputados de Morena, PT y Fuerza por M茅xico, decidieron no realizar la segunda lectura del proyecto de dictamen referido, para tranquilidad de todas, todos y todes, y con el alto inter茅s de prevenir la violencia y proteger, tanto a quienes discrepan como a quienes coinciden.

Durante la sesi贸n ordinaria del jueves 08 de junio, el legislador solicit贸 a la asamblea incorporar un pronunciamiento para emitir el anuncio, pidiendo el respeto de los asistentes, “hemos decidido, responsablemente y con la m谩s amplia voluntad de escucha, no realizar la segunda lectura al proyecto de dictamen referido”, expuso.

El legislador consign贸 que se haya empleado el fundamentalismo religioso y ataques violentos tanto a miembros del Congreso, sus trabajadores y trabajadoras as铆 como a promoventes de la iniciativa ciudadana.

Precis贸 que como Poder Legislativo “no hemos hecho o铆dos sordos, ni a la manifestaci贸n y reclamos de quienes se oponen a la reforma, ni mucho menos a quienes promueven la iniciativa y que buscan, a trav茅s de ella, que el estado de derecho sea igual para todos los que habitamos en Baja California Sur y cuyo anhelo es poder desarrollarse con plenitud, libertad y felicidad”.

Dirigi贸 a la asistencia que, “respetamos la manifestaci贸n libre de las ideas y el derecho a disentir, porque ello es parte de nuestra vida en sociedad; pero rechazamos la violencia, los ataques y la intimidaci贸n”.

Les pidi贸 hacer uso de los mecanismos administrativos, legales y/o procedimentales que el estado de derecho ha dispuesto para resolver las controversias, pues dijo que es innegable que quienes promueven la iniciativa han recurrido, mediante el proceso debido, a ese estado derecho que la constituci贸n y las leyes locales les confieren.

Finalmente el legislador refiri贸 que en 2015, el Comit茅 de los Derechos del Ni帽o de las Naciones Unidas, emiti贸 la observaci贸n expresa para que M茅xico modificara sus legislaciones y generara pol铆ticas p煤blicas a fin de evitar la discriminaci贸n de ni帽os y ni帽as transg茅nero.

As铆 como que la Suprema Corte de Justicia de la Naci贸n determin贸 que es inconstitucional el establecer, como requisito para solicitar una nueva acta de nacimiento de identidad de g茅nero, el de tener 18 a帽os de edad. El m谩ximo tribunal invalid贸, por unanimidad, la fracci贸n 2陋 del art铆culo 875 Ter del C贸digo Civil del Estado de Puebla, que establece, como aqu铆 en Baja California Sur, que las personas deben contar con 18 a帽os de edad cumplidos para pedir el levantamiento de su identidad sexo-gen茅rica. Este criterio de la Corte es obligatorio para todos los jueces del pa铆s que conozcan de amparos promovidos para llevar a cabo las modificaciones en las actas de nacimiento de ni帽os, ni帽as y adolescentes transg茅nero.

 

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